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Lunes 3 de Agosto, 2026
 
 
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Decisión

Tras la muerte de Etudie, se archivó la causa por el doble crimen: "El proceso ya no puede continuar", dijo la fiscal

La fiscal Noel Benítez explicó que el fallecimiento del imputado extingue la acción penal y obliga a archivar la causa. Aclaró que esta decisión no implica una declaración de inocencia ni desconoce la investigación realizada.

La muerte de Luciano Alberto Etudie, imputado por el femicidio de Graciela López y el homicidio de su padre, puso fin al proceso penal en su contra. Sin embargo, el archivo de la causa no significa que la Justicia haya determinado que el acusado era inocente ni que los hechos hayan quedado sin investigar.

La fiscal Noel Benítez, a cargo de la investigación, explicó a Diario TAG qué ocurre ahora y buscó llevar claridad ante una de las principales dudas que surgieron tras conocerse el fallecimiento del imputado: qué pasa con la causa y si habrá o no una resolución judicial sobre los hechos.

"Es importante transmitir a la comunidad que el archivo de esta causa no significa que el Estado renuncie a la búsqueda de justicia ni que los hechos hayan quedado sin investigación", sostuvo Benítez.

La fiscal explicó que la investigación avanzó con la recolección de pruebas y las medidas necesarias para esclarecer lo ocurrido. Sin embargo, el fallecimiento de Etudie genera una consecuencia prevista expresamente por la legislación argentina que es la extinción de la acción penal.

Esto quiere decir que la Justicia ya no puede continuar el proceso penal contra Etudie porque el imputado murió. El Código Penal establece en su artículo 59 que la acción penal se extingue por la muerte del imputado.

Esto impide que el proceso avance hacia un juicio y una eventual condena. No se trata, por lo tanto, de una absolución ni de una decisión judicial que determine que Etudie no cometió los hechos que se le atribuían.

Benítez remarcó justamente esa diferencia: "La decisión de archivar la causa no responde a una valoración sobre la gravedad del hecho ni implica desconocer el sufrimiento de la víctima, de su familia o de la sociedad".

Etudie había sido imputado en el marco de la investigación por el doble crimen ocurrido en Puerto Vilelas. La causa había avanzado mientras el acusado permanecía internado debido a las lesiones que había sufrido posteriormente.

Durante ese período se realizaron distintas medidas judiciales, se tomaron declaraciones y se reunieron elementos vinculados con la investigación. Incluso, antes de su muerte, la Justicia había avanzado en su situación procesal y en otras medidas relacionadas con el expediente.

Pero el fallecimiento del imputado modificó definitivamente el escenario judicial. Al no existir ya una persona contra quien ejercer la acción penal, no puede realizarse un juicio penal ni dictarse una condena en su contra.

La fiscal Benítez reconoció que en una causa de estas características existe una legítima demanda social de justicia, pero señaló que la actuación de la Justicia también debe ajustarse a las garantías y límites establecidos por la ley.

"La verdadera justicia consiste no solo en investigar con seriedad y compromiso, sino también en actuar conforme a la ley, aun en los casos más dolorosos", afirmó.

De esta manera, la muerte de Etudie no borra la investigación realizada ni convierte al imputado en inocente. Lo que cambia es la posibilidad de continuar el proceso penal: por su fallecimiento, la ley establece que la acción penal queda extinguida y la causa debe ser archivada.

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