La Corte Suprema destacó un fallo de un juez de Sáenz Peña entre los 24 más relevantes del país
La sentencia del Juez Nelson Pelliza, dictada en 2023, fijó un criterio sobre la aplicación de la agravante por relación de pareja en un caso donde la víctima estaba casada con otra persona.

El juez de la Cámara Segunda en lo Criminal de Presidencia Roque Sáenz Peña, Nelson Pelliza, destacó la inclusión de una sentencia de su autoría en el compendio nacional elaborado por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que reúne 24 fallos considerados relevantes en materia de femicidios dictados entre los años 2017 y 2024.
El magistrado explicó que la publicación recopila resoluciones judiciales de todo el país que introducen criterios novedosos o de especial relevancia para servir de antecedente en futuras decisiones judiciales.
"Es un compendio que abarca toda la actividad judicial de la Nación durante un período de siete años. Del análisis de todos los casos de femicidio juzgados en ese lapso se seleccionaron solamente 24 sentencias que contienen cuestiones novedosas o relevantes", señaló Pelliza.
UN CRITERIO QUE AMPLIÓ EL CONCEPTO
El fallo chaqueño incluido en la publicación abordó una cuestión jurídica vinculada con la agravante prevista en el artículo 80 del Código Penal para los casos de femicidio.
Pelliza explicó que la víctima estaba legalmente casada con otra persona, mientras que el acusado mantenía con ella una relación sentimental. La discusión jurídica consistía en determinar si esa circunstancia impedía aplicar la agravante correspondiente al homicidio calificado. "Entendí que el hecho de que la víctima estuviera casada no impedía reconocer la existencia de una relación de pareja con el victimario. El Código Penal contempla esa situación exista o no convivencia, por lo que correspondía aplicar la figura agravada", sostuvo.
El magistrado recordó que la diferencia entre un homicidio simple y uno agravado resulta trascendental, ya que mientras el primero prevé penas de entre ocho y veinticinco años de prisión, el segundo establece la pena de prisión perpetua.
Según indicó, ese criterio fue posteriormente convalidado por la Corte Suprema al incorporar la sentencia dentro del compendio nacional.
UN RECONOCIMIENTO PARA LA JUSTICIA CHAQUEÑA
Pelliza consideró que la selección constituye un reconocimiento institucional que trasciende lo personal y pone en valor el trabajo desarrollado por la Justicia de la provincia. "Que una sentencia de la Segunda Circunscripción Judicial del Chaco haya sido elegida entre un universo tan amplio demuestra que también se realizan trabajos de calidad. Muchas veces las críticas tienen mayor repercusión que las buenas noticias, por eso considero importante difundir este tipo de reconocimientos", afirmó.
