Indignación en Chaco: hallaron un tapir muerto y sospechan un caso de caza furtiva
El ejemplar, declarado Monumento Natural de la provincia y protegido por ley, presentaba heridas compatibles con disparos. La Fiscalía Rural investiga para identificar a los responsables.

La Fiscalía Rural y Ambiental investiga un presunto caso de caza furtiva tras el hallazgo de un tapir muerto a la vera de un camino vecinal en jurisdicción de Laguna Limpia. El animal, una especie protegida y declarada Monumento Natural del Chaco, presentaba lesiones compatibles con disparos.
El hallazgo se produjo este jueves en un camino conocido como Legua El 13, ubicado a unos 10 kilómetros de la zona urbana de la localidad. La situación fue advertida por la veterinaria Maribel Boziuk, quien circulaba por el lugar y observó al ejemplar sin vida, registrando la escena en video antes de dar aviso a la Policía.
Al arribar al lugar, los efectivos constataron que se trataba de un tapir (Tapirus terrestris) macho, de aproximadamente dos metros de longitud y un peso estimado de 200 kilogramos. Según el informe policial, el animal presentaba dos orificios circulares en la zona periocular y el cuello, lesiones que serían compatibles con disparos de arma de fuego.
Ante la gravedad del hecho, tomó intervención la Fiscalía Rural y Ambiental, a cargo de la fiscal Noelia Miño, que ordenó el traslado del animal a la planta urbana y la intervención de un veterinario del Departamento Rural para realizar las pericias correspondientes.
La misma dialogó con Diario TAG, y expresó que, la hipótesis que se analiza es la de que, el ejemplar, "pudo haber sido víctima de cazadores debido al impacto de bala que posee" y pidió más concientización sobre la problemática.

Además, se dispuso el inicio de tareas investigativas para identificar a los responsables del hecho y no se descarta la realización de allanamientos en el marco de la causa.
El tapir es considerado el mamífero terrestre más grande de Sudamérica y en la provincia del Chaco fue declarado Monumento Natural mediante la Ley Nº 5887/07. Su caza, captura, tenencia y comercialización están expresamente prohibidas debido a que se trata de una especie vulnerable y en peligro de extinción.
Cuáles serían las penas según la Ley de Conservación de Fauna
El artículo 25 de la Ley Nacional N° 22.421 de Conservación de la Fauna N° 22.421 prevé penas de dos meses a dos años de prisión, además de inhabilitación especial de hasta cinco años, para quien cace animales de la fauna silvestre cuya captura o comercialización esté prohibida por la autoridad competente.
La norma agrava la pena a cuatro meses a tres años de prisión, con inhabilitación de hasta diez años, cuando la caza se realiza de manera organizada, con la participación de tres o más personas o utilizando armas, artes o medios prohibidos.
Por su parte, el artículo 26 también establece penas de dos meses a dos años de prisión e inhabilitación especial de hasta cinco años para quienes cacen animales silvestres utilizando armas o métodos expresamente prohibidos.
