El Gobierno derogó el decreto que limitaba la valoración de postítulos docentes
La medida deja sin efecto la reglamentación que establecía un tope anual para el reconocimiento de actualizaciones académicas, especializaciones y diplomaturas superiores.

El gobernador de la provincia del Chaco derogó el Decreto N° 82/25, que reglamentaba la Ley N° 2137-E y fijaba restricciones para la valoración de postítulos docentes en las Juntas de Clasificación.
La decisión fue oficializada mediante un nuevo decreto, donde el Ejecutivo provincial dejó sin efecto la normativa "en todas sus partes", argumentando la necesidad de adecuarse a fallos recientes del Superior Tribunal de Justicia del Chaco.
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El decreto derogado establecía un límite anual para la valoración de antecedentes académicos, permitiendo únicamente el reconocimiento de una actualización académica, una especialización superior o una diplomatura superior por año calendario.
Según los fundamentos de la nueva medida, el máximo tribunal provincial declaró inconstitucionales las restricciones que impedían valorar plenamente la formación continua de los docentes, al considerar que vulneraban derechos adquiridos, el principio de legalidad y el derecho a la carrera docente contemplado en la Constitución Provincial y el Estatuto del Docente.
En ese marco, el Gobierno provincial dispuso que las Juntas de Clasificación de todos los niveles y modalidades deberán volver a aplicar los criterios de valoración vigentes antes del dictado del Decreto 82/25, respetando además los lineamientos fijados por el Superior Tribunal de Justicia.
La medida contó con intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Control de Gestión y de la Dirección Secretaría General del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
