El Tribunal Federal de Resistencia sobreseyó a Lázaro Báez
El Tribunal consideró que los montos investigados ya no constituyen delito tras la reforma de la ley penal tributaria.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia resolvió este lunes sobreseer total y definitivamente al empresario Lázaro Báez y a otros tres imputados en una causa por evasión impositiva agravada, al considerar que los montos atribuidos quedaron por debajo de los nuevos mínimos establecidos por la legislación vigente.
La decisión alcanzó también a Julio Enrique Mendoza, Claudio Fernando Bustos y Jorge Oscar Chueco,quienes estaban acusados de evasión agravada vinculada al IVA de distintos períodos entre 2013 y 2015 y al Impuesto a las Ganancias correspondiente a 2014.
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Según el fallo, la reciente modificación de la ley tributaria elevó considerablemente los montos mínimos necesarios para configurar delito penal. Actualmente, la evasión simple requiere superar los $ 100 millones y la agravada los $ 1.000 millones para ser considerada punible.
En ese contexto, los jueces Rubén Quiñones, Fermín Ceroleni y Osvaldo Facciano aplicaron el principio de la ley penal más benigna, contemplado por la Constitución Nacional, y concluyeron que las conductas imputadas ya no encuadran como delito bajo la normativa actual.
La resolución contó además con el acompañamiento de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), querellante en la causa, que adhirió al pedido de sobreseimiento. La Fiscalía tampoco se opuso a la medida, aunque sostuvo que la reforma responde a criterios de actualización inflacionaria y no a un cambio en la política criminal.
En el fallo, el tribunal aclaró que el sobreseimiento no extingue las obligaciones fiscales, por lo que las deudas tributarias deberán continuar siendo regularizadas ante ARCA.
La causa tenía un largo recorrido judicial. En octubre de 2024, otro tribunal había absuelto a los acusados, pero aquella resolución fue anulada posteriormente por la Cámara Federal de Casación Penal tras planteos de la Fiscalía y del organismo recaudador.
