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Miércoles 18 de Marzo, 2026
 
 
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Causa por evasión fiscal

Lázaro Báez fue sobreseído parcialmente por la Ley de Inocencia Fiscal

La medida se dictó a un día del juicio y también alcanzó a sus hijos. La causa sigue solo por el año 2012.

Lázaro Báez fue sobreseido parcialmente por evasión gracias a la Ley de Inocencia Fiscal.

El Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3 dispuso este martes el sobreseimiento parcial del empresario Lázaro Báez en una causa por evasión impositiva, a partir de la aplicación de la denominada Ley de Inocencia Fiscal, que elevó los montos mínimos para que la falta de pago de impuestos sea considerada delito.

La resolución, que se conoció a un día del inicio del juicio oral, también benefició a sus hijos Martín Báez y Luciana Báez, mientras que Leandro Báez fue sobreseído de manera total. La medida alcanzó además a otros imputados vinculados a la firma Austral Construcciones.

La causa investigaba presuntas maniobras de evasión correspondientes a los períodos fiscales entre 2010 y 2014, vinculadas al pago de IVA, Impuesto a las Ganancias y otros tributos.

Sin embargo, con la nueva normativa solo se consideran delitos aquellos casos que superen los $100 millones por impuesto y por año, o los $1.000 millones en situaciones de evasión agravada.

A partir de estos nuevos umbrales, las defensas solicitaron el sobreseimiento al considerar que los montos investigados quedaron por debajo de los límites establecidos. El tribunal hizo lugar al planteo al aplicar el principio de la ley penal más benigna, que permite su aplicación retroactiva.

El fiscal general Diego Velasco se opuso a esta interpretación y pidió avanzar con el juicio, al sostener que se trataba de una actualización de montos y no de una norma más favorable. No obstante, los jueces rechazaron su postura.

Según el fallo, el único tramo de la causa que continuará en trámite corresponde al ejercicio fiscal 2012, ya que en ese período los montos investigados superan los nuevos pisos legales tanto en IVA como en Ganancias.

De esta manera, el expediente judicial queda acotado y seguirá su curso únicamente por los hechos correspondientes a ese año.

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