Confirmaron embargo millonario a la ANDIS por no restituir pensiones
La Cámara Federal de Resistencia ratificó la medida por $ 22 millones ante el incumplimiento de una orden judicial vinculada con pensiones por invalidez.

La Cámara Federal de Resistencia confirmó un embargo por 22 millones de pesos contra la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), al considerar que el organismo incumplió una orden judicial que disponía restablecer pensiones por invalidez.
La decisión fue adoptada el 12 de marzo de 2026 en la causa "García, Estela Mabel y otros c/ Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) s/ medida cautelar", luego de que el organismo nacional apelara la resolución dictada en primera instancia.
En ese fallo inicial se había dispuesto trabar embargo sobre las cuentas de la ANDIS, exceptuando aquellas destinadas al pago de salarios, pensiones y otras prestaciones de la seguridad social. La medida busca asegurar el cobro de astreintes, es decir, sanciones económicas aplicadas por el incumplimiento de una orden judicial.
Desde el organismo estatal habían cuestionado la medida al sostener que el pago de condenas contra el Estado debe realizarse a través del régimen de previsión presupuestaria, lo que implicaría que el crédito se incorpore en ejercicios presupuestarios futuros. Además, argumentaron que el embargo afectaría el patrimonio público y la planificación financiera estatal.
Sin embargo, los jueces de la Cámara señalaron que, si bien las condenas contra el Estado suelen regirse por normas presupuestarias, esa regla no puede aplicarse de manera automática cuando están comprometidos derechos fundamentales.
En ese sentido, el tribunal remarcó que en el caso se encuentran involucrados derechos esenciales como la vida, la salud, la igualdad y una vida digna, debido a que las prestaciones cuya restitución fue ordenada resultan indispensables para la subsistencia de personas con discapacidad que atraviesan situaciones de vulnerabilidad social y económica.
Los magistrados también recordaron que los tratados internacionales con jerarquía constitucional obligan al Estado a garantizar el acceso efectivo a prestaciones de seguridad social para personas con discapacidad, por lo que las limitaciones administrativas o presupuestarias no pueden obstaculizar la protección de esos derechos.
Asimismo, aclararon que iniciar trámites administrativos no implica cumplir la orden judicial, ya que la obligación establecida consistía en restituir de manera efectiva el pago de las pensiones a las beneficiarias.
Finalmente, la Cámara concluyó que el embargo dispuesto resulta una medida razonable y proporcional para asegurar el cumplimiento de la resolución judicial. En consecuencia, rechazó el recurso presentado por la ANDIS, confirmó la decisión de primera instancia y estableció que las costas del proceso deberán ser asumidas por el organismo demandado.
