El Gobierno reglamentó el régimen de retiro voluntario para agentes estatales
El Poder Ejecutivo provincial reglamentó la Ley 4200-H, promulgada mediante el Decreto N.º 2025-1492, que establece un régimen de retiro voluntario destinado a agentes estatales que realizan aportes al Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos (INSSSEP).

La medida alcanza a trabajadores de la Administración Central, entes descentralizados y autárquicos, INSSSEP, Lotería Chaqueña y empresas y sociedades del Estado que aporten al sistema previsional provincial. Además, otros poderes e instituciones podrán adherirse de manera voluntaria.
QUIÉNES PUEDEN ACCEDER
Podrán acceder al beneficio los agentes de planta permanente con al menos 10 años de aportes al INSSSEP, incluyendo períodos como personal transitorio con contribuciones previsionales. Quedan excluidos docentes, personal de seguridad, trabajadores de atención sanitaria, personal esencial, agentes con sumarios administrativos o causas penales, quienes estén en condiciones de jubilarse o hayan presentado su renuncia.
El monto del retiro voluntario oscila entre el 50% y el 75% del salario, según la edad y los años de aportes. La base de cálculo será la última remuneración mensual normal, habitual y permanente, considerando únicamente los conceptos sujetos a aportes.
El beneficio cuenta con movilidad automática y será abonado por cada jurisdicción, que asumirá el costo correspondiente. Los beneficiarios continuarán percibiendo el aguinaldo, asignaciones familiares y mantendrán los aportes al sistema previsional, la obra social y el fondo de salud pública.
CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE
La solicitud deberá gestionarse a través del sistema de Trámites a Distancia (TGD), donde los agentes podrán acceder previamente a una preliquidación del beneficio. En una primera etapa, el plazo para iniciar el trámite será hasta el 31 de mayo, y se irá prorrogando hasta el 31 de diciembre de 2026.
AUTORIDAD DE APLICACIÓN
La autoridad de aplicación será la Secretaría General de la Gobernación, que estará facultada para dictar normas aclaratorias y complementarias. El régimen tendrá vigencia hasta fines de 2026 y establece la prohibición de reingreso al Estado, salvo en casos de cargos electivos o designaciones como autoridad superior.
