El Gobierno reglamentó la emergencia en discapacidad y el nuevo sistema de pensiones
La medida fija criterios de acceso, controles y permanencia para las pensiones no contributivas y centraliza la política en Salud.

El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y puso en marcha un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, según lo establecido en el Decreto 84/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial.
La norma, firmada este martes por el presidente Javier Milei, responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793 tras declarar inválido un decreto previo que había suspendido su implementación por falta de financiamiento.
La reglamentación establece de manera precisa los criterios de acceso al beneficio, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros programas, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control. Además, prevé la articulación del sistema con las políticas de inclusión laboral y las reglas de compatibilidad de ingresos.
Entre los principales cambios, el decreto incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando en esa cartera las políticas vinculadas al sector. Según los fundamentos oficiales, la decisión busca abordar la discapacidad desde una perspectiva integral, que contemple aspectos sanitarios, sociales, económicos y de acceso a derechos.
Asimismo, la normativa instruye a la Secretaría a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas en un plazo de 30 días. También la faculta a dictar disposiciones complementarias para garantizar la correcta implementación del régimen.
El decreto dispone, además, la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social. Para ello, la autoridad de aplicación deberá identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones vigentes.
Las medidas que se acuerden con el Consejo Federal se instrumentarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con sus competencias y recursos presupuestarios.
La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026, fecha de su dictado, y forma parte del esquema de reformas impulsado por el Ejecutivo en materia de políticas sociales.
