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Martes 20 de Enero, 2026
 
 
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Obligaciones

Estafas virtuales: cuándo el banco debe hacerse responsable

Ante una estafa virtual, surge la pregunta sobre quién recae la responsabilidad: ¿El consumidor o la entidad bancaria? El Banco Central de la República Argentina (BCRA), como autoridad de aplicación, es quien define esta responsabilidad. De hecho, existe una comunicación oficial que establece las obligaciones específicas que los bancos deben cumplir.

Esta información fue difundida mediante redes sociales por la cuenta @tusabogadosmdp de la firma Centeno Luena de Mar del Plata. Explican que esta responsabilidad emana de la comunicación "A" 7783, emitida por el BCRA en el año 2023. Dicha normativa obliga a las entidades financieras a implementar una serie de deberes y actividades para prevenir fraudes digitales. El objetivo final de estas medidas es garantizar un entorno digital seguro para todos los consumidores.

Entre sus principales deberes, los bancos deben detectar y cancelar las páginas de internet falsas que duplican sus sitios oficiales. Adicionalmente, tienen la obligación de monitorear el uso de las cuentas de sus clientes para identificar cualquier operación sospechosa. En consecuencia, una serie de transferencias inusuales producto de una estafa deben ser detectadas por la entidad.

La responsabilidad que se le atribuye al banco en estos casos es de carácter "objetivo". Esto significa que no depende del esfuerzo que la entidad haya puesto en la prevención, sino del hecho de que el cliente haya sufrido una lesión patrimonial. Conforme a lo establecido por el Banco Central, la entidad bancaria tiene la obligación de resarcir el daño patrimonial sufrido por el cliente.

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