La Justicia reconoció como crimen de lesa humanidad el homicidio de Carlos Tereszecuk
La jueza federal Zunilda Niremperger dictó sentencia por el derecho a la verdad y estableció que el asesinato y desaparición del militante chaqueño formaron parte del accionar sistemático del terrorismo de Estado, que arrojaba cuerpos al río Paraná durante la dictadura.

En un fallo considerado histórico, la jueza federal N°1 de Resistencia, Zunilda Niremperger, reconoció este martes 11 de noviembre que el secuestro y homicidio de Carlos Enrique Tereszecuk, ocurrido en noviembre de 1976, constituyó un crimen de lesa humanidad. La sentencia se dictó en el marco de una causa por el derecho a la verdad, impulsada por sus familiares.
La resolución también estableció que el arrojamiento de cuerpos al río Paraná fue una práctica sistemática del terrorismo de Estado, evidenciada por un patrón común en las ejecuciones: cuerpos desnudos, atados con alambres, con disparos en el pecho o el cráneo, y mutilaciones destinadas a impedir su identificación o flotación.

La audiencia fue realizada de forma virtual, con la participación de familiares del militante chaqueño, representantes del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), la Fiscalía Federal, la Secretaría de Derechos Humanos del Chaco y abogados querellantes. En simultáneo, la sentencia fue transmitida en espacios de memoria de Resistencia, Posadas y Corrientes.
El fallo reconstruye los hechos ocurridos hace casi cinco décadas: Tereszecuk fue secuestrado a comienzos de noviembre de 1976 y llevado a la Jefatura de Policía del Chaco, utilizada como Centro Clandestino de Detención, dirigido por fuerzas conjuntas del Ejército y la Policía provincial.
Los testimonios reunidos dan cuenta de que fue brutalmente torturado y visto en condiciones de extremo deterioro físico. Días después fue asesinado y su cuerpo arrojado al río Paraná, donde fue hallado el 15 de noviembre de 1976 en Empedrado, Corrientes, a unos 70 kilómetros de Resistencia. Fue enterrado como NN y reidentificado en 2018 por el EAAF.
La jueza Niremperger enmarcó el crimen en el plan sistemático de persecución y exterminio desplegado durante la última dictadura cívico-militar contra quienes eran considerados opositores al régimen.
El fallo también cita las investigaciones que demostraron que el arrojo de cuerpos al Paraná fue una metodología reiterada del terrorismo de Estado. Entre los casos identificados por el EAAF figuran los de Rómulo Artieda, desaparecido en el RI 9 de Corrientes en 1977; Julio "Bocha" Pereyra, víctima de la Masacre de Margarita Belén; y Carlos Tereszecuk, detenido en la Jefatura de Resistencia.
Al finalizar la audiencia, Sofía Tereszecuk, sobrina del militante, expresó unas palabras cargadas de emoción: "Conocer la verdad, aunque duela, nos permite cerrar un ciclo como familia y encontrar algo de paz."
La sentencia marca un nuevo paso en el proceso de reconstrucción de la memoria histórica y búsqueda de justicia en el nordeste argentino.
