34 °C Resistencia
Viernes 5 de Diciembre, 2025
 
 
Para ver esta nota en internet ingrese a: https://www.diariotag.com/a/181689
Facturas truchas

Revocaron la prisión domiciliaria a Walter Pasko seguirá detenido en la U7

Desde la Fiscalía, la Unidad de Información Financiera y el ARCA apelaron la prisión domiciliaria del detenido por la causa de la usina de facturas truchas, por lo que deberá continuar en una unidad penitenciaria.

Walter Pasko, otros de los involucrados.

El Tribunal de Apelaciones de Resistencia revocó la prisión domiciliaria y Walter Pasko seguirá detenido tras el recurso presentado por la Fiscalía y los representantes de la Unidad de Información Financiera y el ARCA. La medida fue dictada el 18 de julio.

Pasko había solicitado el arresto domiciliario argumentando que tiene un hijo de seis años con discapacidad, quien necesita su cuidado mientras la madre trabaja. Además, planteó que no posee familiares directos que puedan hacerse cargo del menor en los momentos en que la madre genera ingresos.

Ante esto, desde el Ministerio Público Fiscal alegaron que "la situación de Pasko no encuadra dentro de ninguno de los supuestos normativos excepcionales en que sería procedente el arresto domiciliario, dado que no se advierte que el hijo menor del imputado se encuentre en situación de desamparo o que necesite los cuidados del encartado de modo tal de justificar la morigeración pretendida", dicta el texto.

Asimismo, expresaron que en el petitorio de Pasko no se determina en qué horarios ni en qué lugar trabaja su esposa, por lo que no se puede constatar la "incompatibilidad" con las actividades del menor. Además, señalaron que solo se hace una "alusión genérica" sobre su trabajo.

También plantearon que "no debe perderse de vista el contenido y naturaleza de los hechos investigados a la luz de graves conductas típicas de delitos de asociación ilícita fiscal y lavado de activos de origen delictivo", y agregaron: "Así como la preparación profesional de ambos, por lo que es razonable estimar que no tendrían dificultades económicas en aras de afrontar los gastos necesarios atinentes al cuidado, manutención y debido acompañamiento de su hijo".

Por su parte, desde la UIF indicaron que "no se acreditan los requisitos legales para la concesión del arresto domiciliario o una situación de riesgo extremo. Al respecto, señalan que la decisión de la Juzgadora se sustenta en afirmaciones generales sobre la supuesta necesidad de cuidados, sin que se haya demostrado que los mismos no puedan ser brindados por la madre, quien ha estado a cargo del niño durante toda la detención del imputado".

Seguidamente, plantearon: "No se acredita que el niño se encuentre en situación de riesgo o abandono por la ausencia del progenitor".

Por último, desde el ARCA señalaron "que la sola existencia de un hijo con discapacidad, sin prueba concluyente sobre la necesidad exclusiva de su cuidado por parte del imputado, existiendo además una madre dedicada y abocada a su exclusivo cuidado, no constituye un motivo grave debidamente acreditado que justifique un beneficio excepcional".

Además, sostuvieron que "dada la cantidad de actividades que realiza el menor a su cargo, la madre dispone de suficiente tiempo libre como para desempeñarse de abogada o realizar cualquier tipo de labor remunerativa".

En ese aspecto, remarcaron que "todos los informes aunados a las actuaciones son contestes al advertir que el niño se encuentra cumpliendo con sus actividades, incluso con aquellas que son necesarias para su fortalecimiento integral dada su situación de salud; y todas ellas las hace en compañía de su madre, pilar fundamental para la protección y contención del menor".

Hacé click y dejá tu comentario