Manejar en estado de ebriedad podría derivar en la pérdida del carnet de conducir
Cruzar semáforos en rojo o circular en contramano son contravenciones graves que pueden derivar en inhabilitación, multas o arresto. La jueza de faltas Marcela Cortez explicó cómo actúa la Justicia provincial.

Durante el fin de semana, se registraron casos de conducción temeraria en la provincia que alertaron a las autoridades. En uno de los hechos, un motociclista de 20 años, que manejaba alcoholizado y a gran velocidad, protagonizó un accidente al intentar doblar en una esquina. El joven fue hospitalizado y llevaba una botella de cerveza al momento del impacto.
Ante este tipo de episodios, la jueza de faltas del Poder Judicial del Chaco, Marcela Cortez, explicó a Diario TAGcuáles son las sanciones contempladas en el Código de Faltas de la provincia (Ley 850-J), cuando interviene la policía jurisdiccional.

"El artículo 83 establece sanciones por conducir en estado de ebriedad, que pueden ir desde 60 días de arresto hasta multas de diez salarios mínimos. Además, puede dictarse la inhabilitación para conducir de 15 días a 6 meses", detalló Cortez.
La jueza también aclaró que existen tres instancias distintas para juzgar las infracciones de tránsito:
- El Juzgado de Faltas provincial (que aplica un proceso penal),
- Los juzgados municipales (que actúan por faltas administrativas) y
- El Tribunal de Juzgamiento Administrativo, cuando interviene la Policía Caminera.
"El proceso que aplicamos nosotros es penal y puede durar hasta un año. La persona puede estar detenida preventivamente por tres días, se le designa un abogado defensor y se realiza un juicio contravencional", señaló.
En casos de reincidencia, las sanciones se agravan: "Cuando una persona ya fue condenada por hechos similares, las penas se duplican, tanto en arresto como en inhabilitación para conducir.En una segunda reincidencia, incluso se puede aplicar la inhabilitación definitiva del carnet", agregó la jueza Cortez.
