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Viernes 5 de Diciembre, 2025
 
 
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Fallo judicial

Una empresa vinculada a Pasko fue catalogada por ARCA como marca "no confiable"

Esta categoría les permite a los contribuyentes facturar con algunas restricciones.

La polémica que rodea al contador Walter Pasko acusado de liderar una red de facturación apócrifa para desviar millones del Estado continúa. Ahora la protagonista es su suegra, quien forma parte de la empresa Norte S.A.S., considerada por ARCA como "contribuyente no confiable", este miércoles la Cámara de Apelaciones de Resistencia dio lugar a un pedido de la entidad recaudadora, la mujer podrá seguir emitiendo facturas, pero solo M.

En 2024, la AFIP emitió una serie de restricciones a la empresa de Juana Elsa Brahim, suegra de Pasko apuntada por el Ministerio Público Fiscal como presunta integrante de una asociación ilícita y la categorizó como contribuyente no confiable. La mujer acudió a la Justicia en busca de regularizar su situación fiscal y poder facturar con normalidad, ya que la decisión gubernamental afectaba el normal desenvolvimiento comercial de su empresa. La Cámara de Apelaciones dio lugar, al pedido de la ciudadana, pero la entidad recaudadora apeló.  

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La última semana, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ratificó la medida cautelar que obliga a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, a rehabilitar la CUIT y clave fiscal de Juana Elsa Brahim. La agencia de recaudación volvió a apelar.

Este miércoles Apelaciones hizo lugar al pedido de ARCA y revocó un fallo de primera instancia del 17 de diciembre de 2024, y con ello dejó firme la decisión del organismo fiscal que restringe el uso pleno de la clave fiscal de la firma "La Reina del Norte S.A.S.".

Según los fundamentos del fallo, la ex AFIP actuó dentro de sus facultades de fiscalización al incluir a la firma en la base APOC (Administración de Padrón de Contribuyentes), lo que derivó en el uso obligatorio de facturación "M". Este tipo de comprobante genera retenciones automáticas de IVA y Ganancias por parte de los compradores y limita significativamente la operatoria comercial de quien lo emite.

La resolución administrativa, detalló una serie de irregularidades que justifican la sanción: declaraciones juradas de IVA presentadas "en cero" durante años, omisión de presentaciones del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, baja definitiva en Seguridad Social desde 2014 por parte de Brahim, falta de empleados registrados, y ausencia de pagos tributarios entre 2020 y 2023. Además, se señaló que la actividad declarada por Brahim (alquiler de un inmueble rural) resultaría incompatible con los volúmenes de facturación observados.

El fallo fue firmado por las juezas Patricia García y Rocío Alcalá, y allí descartan que se haya afectado el derecho al trabajo, de los integrantes Norte S.A.S. al señalar que la CUIT de la empresa sigue habilitada, aunque limitada por la emisión de facturas tipo M.

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