Le hizo un "favor" a una pasajera y fue condenado por transportar cocaína
Un chofer de Resistencia fue sentenciado a tres años de prisión por haber permitido que una mujer sin pasaje subiera con una mochila que contenía más de cuatro kilos de droga

Mediante un fallo firmado este 12 de mayo por el Tribunal Oral Federal de Resistencia, el chofer de un colectivo de larga distancia fue condenado por facilitar el transporte de más de cuatro kilos de cocaína. El caso se originó a raíz de un operativo de Gendarmería Nacional realizado el 13 de julio de 2023 sobre la Ruta Nacional 11, cuando el can antinarcóticos de la Sección Seguridad Vial Lapachito del Escuadrón 14 "Las Palmas" detectó la presencia de estupefacientes en el equipaje de una pasajera que viajaba sin pasaje.
Según la resolución judicial, el conductor de un colectivo de larga distancia, Jorge Omar Guerra de Resistencia, permitió que dos mujeres subieran al colectivo como "favor" durante un viaje que unía Clorinda (Formosa) con Florencio Varela (Buenos Aires). Una de ellas, identificada como María Isabel Gamarra, llevaba en su mochila cuatro paquetes rectangulares que contenían un total de 4,194 kilogramos de cocaína.
La droga fue detectada a la altura del kilómetro 1.035 de la Ruta 11, cuando el colectivo fue detenido para un control de rutina. La mochila estaba sobre las piernas de Gamarra, quien ocupaba la butaca 41, y el bolso presentaba un marbete coincidente con una etiqueta adherida a su DNI. La sustancia estaba cubierta con un ungüento con la aparente intención de dificultar el rastreo, lo cual no impidió que el can especializado diera la alerta.

Durante la intervención, Gamarra reconoció que la mochila era suya y declaró que tanto ella como su familiar no tenían pasajes, y que fue el propio chofer quien les permitió subir al colectivo sin registrarse.
El tribunal consideró acreditado que la mujer actuó como autora del delito de transporte de estupefacientes, mientras que el chofer fue calificado como partícipe secundario por haber facilitado el traslado. En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, Gamarra fue condenada a seis años de prisión efectiva, multa mínima y el pago de costas. Por su parte, Guerra recibió una pena de tres años de prisión, también con multa mínima y costas procesales.
El fallo destacó que, aunque no hubo testigos presenciales durante la instrucción, las pruebas materiales —entre ellas, el acta del procedimiento, los informes periciales y el hallazgo de la droga en poder de Gamarra— fueron suficientes para establecer las responsabilidades penales de ambos implicados.
