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Miércoles 21 de Mayo, 2025
 
 
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Informe

Perros peligrosos: entre un mosaico legal y las consecuencias penales de los ataques

Falta una ley nacional unificada y los dueños podrían enfrentar penas por lesiones culposas o incluso dolo eventual, según especialistas.

Hace unos días volvió a ser noticia Un brutal ataque de un perro dejó con graves heridas a un niño de siete años en Puerto Bermejo y, a casi un mes del hecho, la familia denuncia la inacción judicial, pero que dice la ley en nuestro país respecto a casos de este tipo

La tenencia de perros potencialmente peligrosos (PPP) en Argentina sigue siendo un tema sin una legislación nacional uniforme, lo que deriva en un marco legal fragmentado con regulaciones dispares entre provincias y municipios. Mientras tanto, los casos de ataques de estos animales generan debates sobre la responsabilidad penal de sus dueños.

DiarioTAG, pudo hablar con un abogado penalista que explicó que, en situaciones donde un perro de raza considerada peligrosa, como dogo argentino, rottweiler o pitbull, ataca a una persona, "el propietario podría enfrentar cargos por lesiones culposas, y en ciertos contextos incluso podría caberle una imputación por dolo eventual".

"Si un dueño saca a pasear a un perro con antecedentes de mordidas, sin bozal ni medidas de seguridad, pese a saber que el animal representa un peligro, podría interpretarse que aceptó el riesgo. Eso podría encuadrar en un dolo indirecto", señaló el especialista.

El profesional detalló que el Código Penal argentino no contempla un artículo específico para ataques de perros, sino que el hecho se subsume dentro del delito de lesiones, cuya calificación (leves, graves o gravísimas) dependerá de los informes médicos y las secuelas ocasionadas.

"En el caso de un chico mordido por un dogo sin bozal, con antecedentes, que perdió masa muscular en el brazo, y donde los médicos advierten que podría perder fuerza y movilidad con el tiempo, estaríamos hablando de lesiones gravísimas, lo que agrava la situación penal del dueño", añadió.

El menor de 7 años atacado por un perro en Puerto Bermejo, en el Hospital.

Un marco normativo dispar:

Actualmente, no existe una ley nacional que regule la tenencia de PPP en Argentina. Esto llevó a que provincias como Buenos Aires, Córdoba, Mendoza o Río Negro sancionaran sus propias leyes. En Buenos Aires rige la Ley 14.107, que obliga al registro de propietarios y al uso de bozales y correas en espacios públicos. Córdoba sancionó la Ley 9.685 en 2009, pero su falta de reglamentación dejó la norma prácticamente sin aplicación.

La jurisprudencia nacional también refleja la disparidad en los enfoques. En Córdoba, por ejemplo, la Cámara de Apelaciones ordenó retirar a dos perros de raza american staffordshire terrier de un barrio cerrado tras ataques reiterados. En Neuquén, un juez impuso no solo una multa sino también la obligación de realizar talleres de sensibilización a un dueño cuyo perro mordió a una persona.

El caso del Chaco:

En la provincia del Chaco, la regulación es incipiente. En Resistencia se presentó un proyecto de ordenanza para sancionar la tenencia irresponsable de PPP, con multas y la modificación del Código de Faltas Municipal, pero hasta ahora no hay evidencia de su implementación ni de fallos judiciales relevantes.

La ausencia de una ley nacional unificada no solo genera desprotección para las víctimas, sino también incertidumbre sobre los límites de la responsabilidad legal de los propietarios. Como resume el abogado penalista consultado:

"Sea por negligencia o dolo eventual, cuando un dueño no toma recaudos básicos con un perro peligroso, la justicia puede actuar con severidad, sobre todo si hay antecedentes y daños irreversibles".

En definitiva, la problemática de los perros potencialmente peligrosos en Argentina evidencia un mosaico legal desigual, donde los vacíos normativos coexisten con una jurisprudencia que, caso por caso, va marcando precedentes para la protección de la seguridad pública y la salud de las personas.

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