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Viernes 5 de Diciembre, 2025
 
 
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DNU

La Justicia ordenó suspender la venta de medicamentos fuera de las farmacias

Medicamentos. Imagen ilustrativa.

El fallo, en respuesta a una medida cautelar presentada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (FEFARA), deja sin efecto la venta de dos tipos de medicamentos, analgésicos y antiácidos, fuera de las farmacias, algo que el DNU había habilitado.

Con la suspensión judicial, vuelve a regir el régimen anterior: estos medicamentos solo podrán comercializarse en farmacias habilitadas bajo la supervisión de profesionales farmacéuticos.

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QUÉ MEDICAMENTOS QUEDAN AFECTADOS:

Uno de los puntos del fallo es la suspensión del artículo que habilitaba la venta de analgésicos y antiácidos —considerados de venta libre— fuera del ámbito exclusivo de las farmacias.

Según lo dispuesto por el DNU y su decreto reglamentario 63/2024, estos productos podían ser comercializados en supermercados, kioscos y otros establecimientos.

La medida también afecta a droguerías que, bajo el DNU, habían sido autorizadas a vender directamente al público, una posibilidad que queda momentáneamente anulada.

FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO:

"El expendio de medicamentos, por sus especiales características, es una actividad inescindible del ejercicio de la profesión farmacéutica", consideró el fallo.

"Las modificaciones que fueron introducidas por el decreto de necesidad y urgencia relativamente a la reglamentación del expendio de medicamentos, la regulación del ejercicio de la profesión de farmacéutico, las condiciones de funcionamiento de los locales y el poder de policía en materia de salubridad revelan por un lado, un desapego del potencial riesgo sanitario de la habilitación y venta de medicamentos fuera de las farmacias y, por otro lado, una desatención del rol trascendental que desempeña la figura del farmacéutico en el sistema", argumentaron los magistrados.

El fallo considera que existe verosimilitud en el derecho alegado y peligro en la demora, dos requisitos básicos para la concesión de medidas cautelares. La sentencia aclara además que esta suspensión se extenderá "hasta el dictado de la sentencia definitiva", conforme al artículo 2 de la Ley 26.854.

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