Juicio político a la Corte: los jueces serán citados en marzo, con los chats privados como prueba

Este jueves, la bancada oficialista en Diputados definió el cronograma de trabajo que ejecutará la Comisión de Juicio Político para aprobar las acusaciones presentadas por el Gobierno contra los cuatro integrantes de la Corte Suprema.
En ese contexto, el primer paso será dado hoy con la convocatoria formal a las reuniones de la Comisión de Juicio Político, que empezarán el 26 de enero.
En esa línea, el 2 de febrero las reuniones continuarán con la argumentación formal de los 11 casos ya presentados y el 9 de febrero se definirán las causales de acusación contra los cuatro magistrados, que amparados en la ley no concurrirían a la Cámara de Diputados.
El oficialismo tiene mayoría en la comisión de Juicio Político y ese día, los 16 miembros peronistas resolverán que se traten todas las acusaciones que empuja el presidente contra Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda.
La citación a los jueces tiene de trasfondo un hecho inédito en la historia del derecho parlamentario: los diputados oficialistas proponen en el juicio político a la Corte que se viole el reglamento de la comisión para citar a Rosatti, Rosenkrantz, Lorenzetti y Maqueda.
En la presentación se establece:
"IV.- 3. CITACIÓN DE LOS MAGISTRADOS DENUNCIADOS:
Sin perjuicio de la facultad contemplada en el art. 13 del Reglamento Interno, solicitamos se cita a la Comisión de Juicio Político a los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación:
- HORACIO DANIEL ROSATTI
- CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ
- JUAN CARLOS MAQUEDA
- RICARDO LORENZETTI".
En esa línea, lo que plantea el artículo 13 del reglamento interno de la Comisión de Juicio Político es:
"Reunidas las actuaciones sumariales se citará al denunciado a fin de que, si así lo considera, informe a la Comisión, sobre los cargos formulados agregándose al expediente la versión taquigráfica de la declaración. También podrá el denunciado presentar un informe escrito, el que se agregará a lo actuado. La incomparecencia o inacción del denunciado no constituirá impedimento para la prosecución de las actuaciones".
